Redacción: El Tinto de Hoy

En un análisis de la información publicada  en la página web del Departamento Nacional de Planeación  – DNP, se evidencia que el Municipio de Soledad – Atlántico le han sido certificados  los ingresos tributarios reportados en la  Información Financiera, Contable y Presupuestal    correspondientes a  las vigencias  2019, 2020 y 2021, por  parte de la Contaduría General de la Nación. Es de anotar que esta información es firmada y reportada  por Alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, Álvaro Turizo Rodelo Secretario de Hacienda  e  Idamira Fragoso como  Contadora Municipal. 

Con este reporte de información la Administración Municipal del  “Gran Pacto Social por Soledad”   ha logrado obtener la certificación del 30,30% del crecimiento de sus Ingresos  Per Cápita, por encima de otras ciudades capitales que no lograron obtener certificación  del crecimiento per cápita  de sus Ingresos Tributarios, Vigencia 2021, como por ejemplo Medellín, Santa Marta, Cartagena.

El Municipio de Soledad  está por encima del Distrito de Barranquilla que obtuvo un crecimiento tan solo del 16,14 %.  

Es importante destacar el desempeño del Municipio de Puerto Colombia quien presentó un incremento per cápita de sus ingresos tributarios de 8,22%.

Según la información publicada por la Contaduría General de la Nación y Departamento Nacional de Planeación – DNP, el Municipio de Soledad es el único municipio del Departamento del Atlántico, que obtuvo certificación de su Información Contable y Presupuestal sin diferencias y  a nivel nacional también se encuentra como uno de los primeros municipios que no presentan diferencias en la información.

Los municipios que lograron incremento per cápita de sus Ingresos Tributarios son beneficiarios de la asignación de recursos por EFICIENCIA FISCAL,  para la vigencia 2023 y aquellos que no lograron dicho incremento, no serán beneficiarios de estas asignaciones y por ende dejarán de percibir recursos, los cuales podían ser invertidos en proyectos de inversión, contemplados en el plan de Desarrollo del ente territorial.

Las entidades territoriales son beneficiarias de estos recursos, si cumplen dos condiciones: 

  1. Ser refrendadas por la Contaduría General de la Nación 
  1. Cuenten con un crecimiento positivo de sus ingresos tributarios per cápita en las últimas tres vigencias fiscales reportadas.

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