El Tribunal Superior de Bogotá admitió una acción de tutela instaurada por el abogado cartagenero Alcides Arrieta Cueto. Dicha tutela busca que los candidatos presidenciales, Gustavo Petro y Rodolfo Hernández, asistan a tres debates electorales, de cara a la segunda vuelta presidencial.
“La Constitución dice en el articulo 95 inciso segundo, que toda persona está obligada a cumplir con la Constitución. En este caso, los particulares, los candidatos Petro y Hernández, están obligados a cumplirla», sostuvo el jurista según lo informado por un medio de comunicación nacional.
Así mismo, indicó que «hay unos derechos humanos de aplicación inmediata que no requieren reglamentación para ser protegidos, pues estamos en frente a 39 millones de personas que priman un interés general que el interés particular de uno u otro candidato en no querer debatir, en el que se estaría violando el derecho fundamental al derecho de elegir y ser elegido”.
Arrieta señaló que lo que se quiere es crear un precedente que obligue a los candidatos a asistir a estos espacios para que la ciudadanía forme un criterio de cuál es la menor opción para el manejo del país.
“Estamos buscando es centra un precedente para que al menos en esta ocasión como en otras distintas elecciones el candidato no tome la decisión de participar en el debate, sino que sea una obligación democrática por parte de los candidatos para exponer sus ideas y que el Consejo Nacional Electoral reglamente en este caso concreto el juez estado es el Tribunal, quien lleva la acción de tutela, ordene al CNE que se pueda debatir en un medio de comunicación nacional”, sentenció el abogado al mencionado informativo.
Luego de la conocida respuesta del Tribunal Superior de Bogotá, este mismo expidió la orden de vincular a la Registraduría Nacional del Estado Civil, al Movimiento Político Liga de Gobernantes Anticorrupción y la coalición del Pacto Histórico.
Tras esta decisión, a los accionados y vinculados les concederán el término de un día para que puedan ejercer su derecho a la defensa.